
Descuento de 90% en papeletas: estas infracciones “muy graves” sí tendrán rebaja y así funcionará la polémica medida del MTC

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) puso en marcha un régimen excepcional que permitirá a conductores y transportistas pagar determinadas multas con una reducción de hasta el 90%.
En términos sencillos: si una multa incluida en el beneficio era de S/660, durante el régimen excepcional podría pagarse S/66. Si ascendía a S/1.320, el pago podría reducirse a S/132.
Sin embargo, la medida ha generado cuestionamientos porque existen infracciones clasificadas oficialmente como “muy graves” que también podrán acogerse al descuento.
La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 017-2026-MTC y tendrá una vigencia de 90 días para infracciones de tránsito y 180 días para infracciones relacionadas con el transporte terrestre.
¿Qué infracciones muy graves sí tendrán descuento?
Entre las infracciones de tránsito clasificadas como muy graves que podrán acceder a la reducción aparecen algunas conductas especialmente sensibles para la seguridad vial.
Por ejemplo, cruzar o girar con el semáforo en rojo (M17) tiene una multa de S/660 y con la reducción podría pagarse S/66.
También está circular en sentido contrario (M16): de S/660 pasaría a S/66.
Otra infracción incluida es participar en competencias de velocidad no autorizadas (M07), cuya multa de S/1.320 podría reducirse a S/132.
También podrán acogerse al beneficio, entre otras, estas conductas:
- M09: conducir un vehículo con dirección, frenos, suspensión, luces o sistema eléctrico en mal estado: de S/1.320 a S/132.
- M12: no detenerse ante un transporte escolar que recoge o deja escolares: de S/660 a S/66.
- M20a: exceder el límite de velocidad hasta en 10 km/h: de S/990 a S/99.
- M20b: superar el límite en más de 10 y hasta 30 km/h: de S/1.320 a S/132.
- M25: no dar preferencia a vehículos de emergencia: de S/660 a S/66.
- M35: realizar un giro en U en lugares prohibidos como curvas, puentes, túneles o vías expresas: de S/660 a S/66.
- M44: obstruir una ciclovía: de S/660 a S/66.
Esto explica parte de la controversia: aunque el MTC ha señalado que las conductas de mayor riesgo quedaron excluidas, la clasificación administrativa mantiene como “muy graves” varias infracciones que sí recibirán la rebaja.
¿Qué multas NO tendrán el descuento?
Aquí está la diferencia más importante.
El beneficio no alcanza a determinadas conductas que el Gobierno considera especialmente peligrosas, entre ellas conducir en estado de ebriedad, participar en determinados accidentes de tránsito, circular sin SOAT o sin licencia, superar ciertos niveles del límite de velocidad y otras infracciones expresamente excluidas por el decreto.
También quedaron fuera determinadas infracciones del transporte terrestre vinculadas con informalidad y otras conductas graves.
El decreto identifica expresamente las exclusiones mediante los códigos F.1, F.7 y T.3 del Reglamento Nacional de Administración de Transporte y M.1, M.2, M.3, M.4, M.20.C, M.27, M.28, M.37, M.38 y M.39 del Reglamento Nacional de Tránsito.
¿El descuento elimina los puntos de la licencia?
Este es otro aspecto importante de la norma.
Cuando el conductor se acoge al régimen y paga la multa reducida, el procedimiento sancionador o de ejecución coactiva correspondiente se archiva.
Además, esos procedimientos no generarán ni mantendrán efectos de acumulación de puntos en la licencia y tampoco serán considerados para determinar reincidencia o habitualidad, según establece el decreto.
¿También sirve para papeletas antiguas?
Sí. El beneficio tiene un alcance bastante amplio.
Podrán acogerse multas que todavía no iniciaron procedimiento sancionador, aquellas que están en trámite, las que ya quedaron firmes, las impugnadas e incluso las que se encuentran en cobranza coactiva.
También comprende multas impuestas durante la vigencia del régimen.
Si ya se realizó un pago parcial dentro de una ejecución coactiva, la reducción se aplicará sobre el saldo pendiente.
¿Por qué el MTC tomó esta decisión?
El MTC sostiene que el actual sistema presenta multas excesivamente rígidas que no estarían logrando que los infractores paguen ni cumpliendo adecuadamente una función educativa o disuasiva.
El decreto señala que existe un elevado número de procedimientos sancionadores y cobranzas coactivas que no terminan en un cobro efectivo.
Arturo Ruiz, director de Políticas y Normas de Transporte Vial del MTC, explicó además que durante los próximos 90 días se realizará una evaluación para determinar cuánto deberían costar realmente las multas aplicando criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
La intención declarada por el ministerio es que una sanción tenga capacidad para disuadir al conductor y no sea simplemente un mecanismo recaudador.
¿Es una amnistía para los infractores?
Ese es precisamente el punto de discusión.
Especialistas consultados por medios nacionales cuestionan que reducir hasta en 90% sanciones por conductas como pasar una luz roja, circular contra el tránsito o participar en carreras no autorizadas pueda terminar debilitando el efecto preventivo de las multas.
El MTC rechaza que se trate de impunidad y argumenta que las conductas que considera de mayor peligrosidad han sido excluidas.
Lo concreto es que durante este periodo un conductor que tenga una multa comprendida en el régimen podrá pagar solamente el 10% de su valor, mientras el Gobierno prepara una nueva metodología para revisar el sistema de sanciones.







